En el mercado inmobiliario, es frecuente que tengamos que enfrentarnos al pago de impuestos. Es importante que los entendamos y sepamos cómo pagarlos y en qué consisten. En este caso, nos encontramos con las Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Probablemente ahora estés perdido, pero si quieres conocer más sobre ello, sigue leyendo nuestro blog y te podrás enterar de todo.
Lo primero que tenemos que saber es qué son las Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO). Empezó en el 1993 y se cobra cuando existe un intercambio de patrimonio entre personas y la persona que se hace con este bien es quien está obligado a pagarlo. Cuando se produzca la compra de un inmueble, se alquila un piso, se compra un coche, se alquile un piso… O también lo actos jurídicos, como el alquiler, la ampliación o reducción de capital en las empresas. Por tanto, también entrarían actos como la escritura pública o la formalización de una hipoteca.
Como hemos señalado, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) grava tres operaciones distintas, entre las que se encuentran las siguientes:
El ITP está totalmente cedido a las comunidades autónomas, así que el lugar donde se abona es la delegación de Hacienda de tu comunidad. Una vez que se produce esa compra del bien, el plazo de liquidarlo es de 30 días desde ese momento. Una vez aquí, tenemos que ver cómo se calcula todo esto. Para hacerlo, tomamos como base imponible el valor del bien transmitido o del derecho constitutivo para conocer la cuota a pagar.
A continuación, van varios ejemplos por las diferentes regiones:
Andalucía: tal y como se puede ver en esta imagen (foto, Rankia):
Valor del bien hasta € | Cuota íntegra | Resto valor bien | Tipo aplicable |
0 | 0 | 400.000 | 8% |
400.000 | 32.000 | 50.000 | 8,5% |
450.000 | 36.250 | 50.000 | 9% |
500.000 | 40.750 | 250.000 | 9,50% |
750.000 | 64.500 | en adelante | 10% |
La Rioja: como indica el Gobierno de La Rioja, los porcentajes de este impuesto son las siguientes en cada una de las circunstancias expuestas a continuación:
Región de Murcia: según indica la Hacienda de la Región, estas son las tasas expuestas a continuación:
Cataluña: la tabla quedaría de la siguiente forma, según el valor del inmueble. Así se puede ver en esta tabla, según la Agencia Tributaria de la Comunidad
Ahora que ya sabes más sobre qué son las Transmisiones Patrimoniales Onerosas y el detalle sobre los impuestos asociados (ITP), entra en Housell y encuentra muchas más cosas sobre el mercado inmobiliario.