Justo antes de alquilar una casa, el casero solicita obligatoriamente al inquilino una cantidad de dinero, denominada fianza. Esta cantidad debe entregarse en metálico, debe ser depositada el organismo oficial de cada CCAA y equivale a una mensualidad de alquiler; tal y como indica el artículo 36.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 (LAU). Ya conoces la definición de fianza, pero seguro que deseas resolver muchas dudas adicionales. ¿No sabes cómo hacerlo? Sigue leyendo nuestro blog.
El primer conflicto que puede generarse se refiere a la duración de la propia fianza de alquiler. En muchas ocasiones, los propietarios exigen más del mes reglamentario; para cubrirse por si se producen daños graves en su inmueble. Sin embargo, el tiempo que rebase ese mes legal es considerado ‘garantía adicional’ incluida en el contrato y no fianza. En este artículo profundizaremos sobre ello.
El arrendador está obligado a devolver íntegramente la fianza cuando haya terminado el contrato de alquiler, siempre que el arrendatario haya cumplido con todas sus obligaciones. Puede ocurrir que el arrendatario crea haber cumplido sus obligaciones y el arrendador no lo vea así. En caso de que ambas partes no puedan llegar a un acuerdo, un juez resolverá este pleito por vía administrativa.
Si el inquilino ha cumplido con sus obligaciones, recibirá la fianza cuando finalice el alquiler. Pueden darse las siguientes situaciones:
El arrendatario podrá retener la fianza de alquiler cuando queden obligaciones achacables al inquilino. En este caso, pueden producirse otras tres situaciones:
La fianza de alquiler es un trámite obligatorio, pero el arrendatario puede acordar con el arrendador una serie de compromisos adicionales al contrato o garantías adicionales. El artículo 36.5 de la citada Ley de Arrendamientos Urbanos especifica que su valor no puede exceder de dos mensualidades de renta, en contratos de hasta cinco años de duración. Cuando se redacte el contrato de alquiler, estas cláusulas deben separarse de la fianza.
Las garantías más utilizadas son las siguientes:
Ahora que ya sabes en qué consiste una fianza de alquiler, en qué casos el arrendador debe devolverla o puede utilizarla y las garantías adicionales que pueden utilizarse; entra en Housell para mantenerte al día del mercado inmobiliario.
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