Después de comprar una vivienda, también deberías registrarla. No es algo obligatorio por ley en España, pero sí que otorga una serie de ventajas al propietario del inmueble. El Registro de la Propiedad es una institución dependiente del Ministerio de Justicia que refleja cualquier cambio de titularidad en un inmueble, además de anotar las correspondientes cargas (hipotecas, embargos…), si las hubiera.
Gracias a este pequeño trámite, conseguirás protegerte como titular y además hacer más asequible la futura venta del inmueble. Al realizar el registro, el comprador obtiene información sobre quién vende, ya que puede conocer al que vende consultando la nota simple del Registro de la Propiedad. Gracias a esto, nadie podrá privarnos de nuestro derecho de propiedad o usarlo de forma ilegal.
En el caso de no inscribir tu vivienda, podrías sufrir múltiples riesgos. En primer lugar, en el Registro aparecería una persona que ya no es propietaria. Con ello, podría vender la casa a un tercero contra tu voluntad. Si ese destinatario no pusiera trabas y aceptara, se quedaría con la vivienda. Además, los acreedores del ‘falso’ titular podrían embargar la finca. En ese caso, te espera un horizonte de costosas disputas judiciales.
Esta opción no es barata, ni mucho menos, pero no te preocupes porque te explicamos todos los detalles para que decidas si quieres o no hacerlo.
El coste de esta operación no es fijo, sino que varía en función del valor registral de la vivienda (el que se le otorga en las escrituras). El Real Decreto 1427/1989 y su correspondiente Arancel de los Registradores de la Propiedad regulan los máximos a cobrar en diferentes escenarios:
La ley contempla además un máximo de pago de 2.181,67€ y como ya se ha mencionado, un mínimo de 24,04€. Además, la norma contempla un descuento del 25% para todos los créditos con garantía hipotecaria.
Todos somos conscientes de que la compra de una vivienda requiere pagar una cantidad de impuestos, que varía en función de la Comunidad Autónoma en la que estemos y de si la vivienda es nueva o no.
Inmuebles de nueva construcción:
0,5%: Ceuta, Melilla, Navarra y País Vasco
0,75%: Comunidad de Madrid
1%: Canarias y La Rioja
1,2%: Asturias y Baleares
1,5%: Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Región de Murcia.
0,5%: Ceuta, Melilla, Navarra y País Vasco
0,75%: Canarias y Comunidad de Madrid
1%: La Rioja
1,2%: Asturias y Baleares
1,5%: Andalucía, Aragón, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y Región de Murcia.
Inmuebles usados:
En Housell te lo ponemos fácil: te ayudamos y asesoramos durante todo el proceso. Llama al 900 622 162 para informarte y descarga también nuestra app de compra y venta de pisos y casas.