Imagina que tienes una parte de una casa y necesitas venderla por obligación o voluntad. No te preocupes porque la ley te permite llevar a cabo este proceso. Para entender este concepto deberás familiarizarte con algunos conceptos, como el proindiviso o el condominio. ¿Quieres saber más? Pues continúa leyendo nuestro blog y trataremos de resolver todas tus dudas.
El gran problema de realizar este trámite es la presencia del proindiviso (copropiedad de bienes entre dos o más personas que no puede dividirse físicamente y solamente de forma económica). Suele darse en varios casos: fallecimiento de un familiar y herencia de su vivienda en varios herederos, un divorcio o una donación múltiple. Como ejemplo práctico, si un piso de cuatro habitantes se divide entre dos hermanos, ninguno de ellos puede disponer de su parte proporcional.
El artículo 400 del Código Civil indica que ningún copropietario está obligado a permanecer perpetuamente en la propiedad. Por ello, cada afectado podrá pedir su división en el momento en que lo desee. Entonces, ¿cuál es el problema? Pues que los intereses de los copropietarios pueden ser diferentes. Y claro, se hace casi imposible acertar en una solución satisfactoria para todas las partes.
Estas opciones se pueden ejecutar si existe acuerdo entre las partes:
En algunas ocasiones, puede ocurrir que no haya ningún acuerdo entre las partes. La ley no puede obligar a un propietario a vender su parte. Sin embargo, sí existen procesos para tratar de facilitarlo:
La subasta se realiza al mejor ‘postor’ y a los propietarios solamente se les entrega el precio de ‘remate’ (dinero de la venta menos todos los gastos judiciales de la misma). Éstos correrán a cargo de los vendedores. En este evento pueden participar todos los copropietarios partidarios de la venta de la vivienda, pero no así la parte que se negó a vender y forzó así el proceso judicial.
Sí, una vez que se finalice el proceso de venta y se inscriba la vivienda en el Registro de la Propiedad, tienes 9 días de plazo para ejercer el derecho de retracto (adquisición de la vivienda al mismo precio y condiciones ofrecidas a un tercero). Si dos copropietarios quieren utilizar este derecho, tendrá preferencia quien tenga una mayor proporción de la vivienda.
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