Imagina que estás pasando por una situación económica complicada, tienes un piso y quieres ponerlo a la venta. Sin embargo, al mismo tiempo no quieres dejar de vivir en tu casa. Quizá te suene extraño, pero puedes vender tu casa y seguir viviendo en ella. Cuando adquieres una casa, sueles obtener el dominio completo sobre la vivienda, compuesto por la nuda propiedad y el usufructo vitalicio. En este artículo te explicamos qué son estos dos conceptos.
La nuda propiedad se refiere a la propiedad de la vivienda, es decir a quién es el dueño efectivo de ésta. Sin embargo, el usufructo explica el derecho real de esta casa, es decir la persona que puede vivir en ella. Ambas se pueden comprar y vender y tienen sus peculiaridades:
De esta forma, el comprador obtiene la propiedad del piso, pero sus derechos son muy limitados, ya que no podrá usarlo hasta que no se extinga el usufructo, ya sea por su venta, por la muerte del usufructuario o por la extinción del contrato. Es lo que ocurre en algunas hipotecas inversas, especialmente en herencias.
En este caso, el comprador adquiere solamente la nuda propiedad, pero no así el usufructo. Este queda para el inquilino mientras dure su vida. Imaginemos el caso anterior, pero al contrario. Un joven de 30 años compra a una señora de 70 la nuda propiedad. La señora podrá seguir viviendo en la vivienda hasta que muera. En ese momento, el joven adquiere el dominio completo sobre la vivienda.
Hay diferentes formas de realizar este proceso:
Imagina que una familia planea comprar una casa, pero para ello necesita venderla y conseguir algunos fondos. De todas formas, tiene dudas y prefiere asegurarse una opción de compra. Por tanto, ejecuta la operación y firma un alquiler por un año. Si esta familia encuentra una nueva casa, ahí acaba todo. ¿Pero y si se arrepiente y quiere recuperar la vivienda? Pues puede hacerlo mediante la opción de compra.
En el caso de lo que se llama ‘casa con bicho' de forma coloquial, el importe es su principal ventaja. Como ya hemos visto, la rebaja puede ser cuantiosa si se paga al contado y también habrá un descuento frente a una vivienda libre. Sin embargo, la casa no se podrá utilizar hasta el fallecimiento de quien la habita.
Además, la compra de la nuda propiedad implica el pago de algunos impuestos (IBI, gastos de comunidad y la mayoría de los gastos asociados a la compra-venta). Por su parte, el vendedor deberá pagar la Plusvalía Municipal, aunque no tributará en el IRPF si vende la vivienda habitual (si lo hará en caso contrario).
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