Vender una casa es un proceso muy común, pero también bastante complejo. Además de ser una operación definitiva con respecto a la propiedad, requiere una serie de pasos y unos cuantos papeles que rellenar. ¿Estás abrumado? No te preocupes porque nosotros te ayudamos a reunir la documentación necesaria para que puedas hacerlo de la manera más fácil.
Lo primero que debes saber es que estos documentos no dependen de una única administración. Seguramente tengas que acudir al Ayuntamiento del municipio donde se encuentre dicho inmueble, o bien a la administración que dependa del Gobierno regional. Ten en cuenta que lo que necesitas demostrar es que tú posees la titularidad de esa vivienda.
El principal documento donde se cita el titular actual de la casa. Es obligatorio que se inscriba en el Registro de la Propiedad para que la construcción sea legal. Es recomendable presentar una copia de estas escrituras, pero no imprescindible, ya que con la presencia en el Registro es suficiente para realizar la operación.
Carnet que identifica a cada ciudadano español y facilita cualquier tipo de operación. De esta forma, se evitan confusiones, problemas legales, usurpaciones de identidad…
Se obtiene en el Registro de la Propiedad. Breve y exhaustivo al mismo tiempo, incluye el nombre del propietario y mucha otra información sobre la vivienda: descripción del inmueble, si existen o no cargas (hipotecas, embargos…), afecciones urbanísticas, usos del inmueble (residencial, segunda vivienda, local comercial...). Suele llevarla el comprador, no el vendedor.
Debe ser firmado por el administrador y el presidente de la comunidad es el encargado de dar el visto bueno. Señala si restan por pagar facturas o derramas.
Esta carga fiscal grava la titularidad de la propiedad. Se debe pagar cada 1 de enero y antes de realizar la venta, el notario podría solicitar varios recibos anteriores, con el fin de comprobar la regularidad en el pago.
Se muestra el importe adeudado en el momento de firma. Si se satisface, este hecho debe actualizarse también en la nota simple, para reflejar así la realidad de la vivienda.
Incluyen información sobre las normas de la comunidad, teléfonos de contacto, diversas leyes e histórico de derramas y medidas. No son estrictamente obligatorios, pero sí suelen presentarse.
Documento que valora el estado del edificio y si presenta deficiencias. En caso de ser negativa, es obligatorio que el vendedor realice las reformas necesarias para que el edificio alcance unas condiciones mínimas de conservación y seguridad.
Obligatorio desde 2013, se trata de la famosa etiqueta energética, con niveles desde la A ++ (más eficiente) al G (menos eficiente). Tiene una validez de diez años y puede servir para abaratar un tipo incipiente de hipotecas, las ‘verdes’, basadas en criterios ecológicos.
Valora si tu vivienda cumple las condiciones mínimas de salubridad, higiene o solidez. En caso de no cumplirlas, se requieren obras o incluso, reformas estructurales. En algunas autonomías, la cédula se ha sustituido por la licencia, con el fin de evitar duplicidades y agilizar el proceso.
No son obligatorias, pero sí recomendables para dar información al futuro propietario (información sobre instalaciones eléctricas, agua o gas o incluso instalaciones domóticas y su funcionamiento).
Como ves, se trata de un proceso largo. En el proceso de compra venta, hay muchos documentos y términos claves que hay que entender. En Housell contamos con un equipo especializado en todas las cuestiones relacionadas con la vivienda. Si estás pensando en vender o comprar una casa en Madrid, Barcelona, Valencia, Granada puedes conocer los detalles directamente desde la web o llámanos al 900 622 162 para informarte y resolveremos todas tus dudas.